martes, 23 de febrero de 2016

COMUNIDAD VALENCIANA AYUDAS DE EMERGENCIA PARA MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA



Mujeres víctimas de violencia de género

Ayuda Económica derivada del articulo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dirigida a MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO que carecen de rentas superiores, en computa mensual, al 75% del Salario Mínimo interprofesional, excluida la partes proporcional de las pagas extraordinarias, y se presuma que debido a su edad, falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales, la víctima tendrá especiales dificultades para obtener un empleo.

Ayudas de emergencias para mujeres víctimas de violencia sobre la mujer

Son ayudas de emergencia de pago único contempladas en el artículo 55 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.

Las ayudas se destinarán a cubrir las siguientes necesidades fundamentales:
1. Necesidades básicas (alimentación e higiene).
2. Necesidades de alojamiento (alquileres o alojamiento temporal).
3. Necesidad de transporte o desplazamientos.
4. Cualquier otra necesidad que procure tanto la seguridad como la protección de las víctimas.
Trámites y requisitos
Solicitud:

Modelo de domiciliación bancaria:

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CEUTA

Violencia de Género

violencia

Telefono Nacional de Información Telefónica para la Mujer 016
Según el estudio realizado en 1998 por el Centro Asesor de la Mujer, 1 de cada 10 mujeres (el 10,3% de la población) había recibido algún tipo de agresión o maltrato (palizas, tocamiento, humillaciones,..). Casi un 14 % de las víctimas tenían entre 30-40 años. Y de ellas, los índices más altos se podían apreciar entre las que habían roto lazos familiares. Mientras que la situación se encontraba más normalizada entre las casadas.
En la mayoría de los casos, es el marido el causante de estos malos tratos y en menor proporción (2 de cada estas 10 mujeres), un extraño.
Resulta significativo que una tercera parte había sufrido agresiones/malos tratos en más de 20 ocasiones. Pero la mitad de ellas no lo denunció. Los motivos: el miedo al agresor, la desconfianza de la ley y el mantenimiento de la privacidad.
En 2007, el Instituto de la Mujer recogió los siguientes datos: hasta el mes de octubre, las comisarías de policía habían registrado 53.389 denuncias por violencia de género. Una media de 176 al día, de las que un 33%, son procedentes de mujeres extranjeras. De ellas, 158 corresponden a la Comisaría de Ceuta.
La atención prestada entre los departamentos Jurídico y de Trabajo Social, en temas relacionados con Malos Tratos, superaba las 1.500 mujeres.
Estas cifras demuestran que, aunque los departamentos Jurídico y de Trabajo Social cada vez trabajen más en suplir las consecuencias de los Malos Tratos por razón de género, la violencia sigue muy arraigada en amplios sectores de nuestra sociedad, por lo que el número de víctimas mortales no se reduce aunque las denuncias por Malos Tratos aumenten.
Por tanto, desde el Centro Asesor de la Mujer (CAM), como servicio especializado en mujer, luchamos contra la Violencia de Género, ofreciendo los recursos necesarios a los que poder acogerse en cada caso específico:

Cataluña dará hasta 5.700 euros a las víctimas de la violencia machista

Los huérfanos menores de 26 años de madres asesinadas por sus parejas también recibirán ayudas

Las víctimas en Cataluña de violencia machista, tanto las mujeres maltratadas como los huérfanos menores de 26 años, serán indemnizadas por el Gobierno catalán con hasta 5.700 euros. La Generalitat anunció ayer el nuevo decreto, que establece la compensación como un derecho subjetivo. Cataluña se suma así a Galicia y a Andalucía, que ya ofrecen estas ayudas.
La consejera catalana de Bienestar Social, Neus Munté, explicó ayer en el Parlamento que la ayuda busca “facilitar la recuperación e integración de las víctimas” y está recogida dentro de la ley catalana para luchar contra la violencia machista. La indemnización se concederá por una sola vez y se realizará en un solo pago.
El decreto recoge tres supuestos para recibir la ayuda, cuyo monte oscila entre cinco y diez veces el Índice de Renta de Suficiencia de Cataluña (IRSC), que es de 569 euros mensuales. La primera población que puede recibir la indemnización son las mujeres que sufren de secuelas físicas o mentales graves a causa del maltrato de sus parejas y que necesitan para su curación un tratamiento médico, quirúrgico o psicológico. En este caso, el dinero que pueden recibir es de cinco veces el IRSC, 2.845 euros. En el caso de que sea una mujer con discapacidad reconocida con un grado igual o superior al 33% o sea seropositiva, la cantidad se incrementa un 25%.

Un año de plazo

En el tercer caso, el de los hijos de mujeres que han muerto a manos de su pareja, la indemnización llega a los 5.700 euros. Estos tendrán que tener menos de 26 años y dependientes económicos en el momento de la muerte de la madre. Munté explicó que el derecho a solicitar la ayuda prescribe un año después de la fecha de notificación de la resolución judicial que acredita el caso de violencia machista.
El decreto solo ampara a las personas que están empadronadas en territorio catalán o “cuando la mujer víctima trabaja en Cataluña y los hechos causantes del derecho de indemnización han ocurrido en Cataluña”, explicó una portavoz del Bienestar.
Munté aclaró que la ayuda será compatible con otras que se entreguen por otras legislaciones y que aún no se ha evaluado su retroactividad. El decreto también incluye las disposiciones relativas a la ayuda estatal para víctimas de violencia machista. En Galicia la ayuda máxima es de 6.000 euros.

Curs

    CENTROS DE LA MUJER CASTILLA LA MANCHA

    Centros de la mujer

    Los Centros de la Mujer constituyen una red de servicios que lucha por la implicación de toda la sociedad en la puesta en marcha de actuaciones orientadas a la consecución de la igualdad real entre hombres y mujeres en todos los ámbitos.

    Los Centros ofrecen información, orientación y asesoramiento a las mujeres de Castilla-La Mancha, en materia laboral y empresarial, derechos fundamentales, salud y servicios sociales.

    Su puesta en marcha y expansión se concibe como un medio para contribuir a la desaparición de situaciones de discriminación y alcanzar la igualdad real de ambos sexos, consolidando la plena integración de las mujeres en todos los ámbitos de nuestra sociedad.

    En esta Red las mujeres reciben una atención personalizada que les permita conocer sus derechos, así como acceder a los recursos que les permitan afrontar los cambios en su vida familiar, laboral y social.

    Los equipos profesionales acompañan el desarrollo de sus proyectos personales, e impulsan las posibilidades de compartir experiencias en grupo. La organización de actividades destinadas al asociacionismo femenino es una línea de intervención que se completa con otras culturales y artísticas que visibilizan las contribuciones de las mujeres a la sociedad.

    Los Centros de la Mujer, implantados en la vida local y comarcal, también organizan encuentros y jornadas que dan la oportunidad a toda la población de participar en la reflexión y el compromiso por alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres.

    La organización de talleres, charlas, mesas redondas y conferencias responde a esta dinámica abarcando diferentes temas:
    • Empleo
    • Educación
    • Psicología
    • Salud y sexualidad
    • Igualdad
    • Violencia de género
    • Derechos y deberes
    • Cultura, ocio y tiempo libre

    La colaboración con asociaciones de mujeres, entidades y equipos profesionales permite profundizar sobre las situaciones que caracterizan la posición de inferioridad de las mujeres que sustenta la discriminación.

    Las intervenciones en medios de comunicación, con especial impacto en las televisiones locales, la edición y distribución de materiales inciden en la sensibilización de las comunidades en las que se ubican.

    Cada vez cobra mayor relevancia el papel de los Centros de la Mujer en el impulso de políticas de igualdad y aplicación de planes para eliminar la desigual participación de las mujeres en el ámbito público y en los procesos de toma de decisiones.

    La Ley 5/2001 para la prevención de los malos tratos y protección a las mujeres maltratadas y la Ley 12/2010 de Igualdad entre mujeres y hombres de Castilla-La Mancha han supuesto un importante impulso en el crecimiento de la Red de Centros.

    La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha se obliga a dotar de un Centro de la Mujer a todos los municipios o mancomunidades de más de 5.000 habitantes con el objetivo de garantizar la asistencia jurídica y psicológica a todas la víctimas de violencia de género que lo soliciten.
    Descargas: 

    domingo, 21 de febrero de 2016

    TELEFONOS DE AYUDA EN CASTILLA LEON POR ADAVAS ASOCIACION SIN ANIMO DE LUCRO


    ADAVAS – Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica

    Gran Vía de San Marcos 4 2ºdcha. León 24002 tlfno/fax 987 230 062 c. electrónico adavasleon@gmail.com www.adavas.org www.facebook.com/adavasasociacionleon
    www.facebook.com/adavasleon
    twitter.com/AdavasLeon

    Asociación sin ánimo de lucro. Declarada de Utilidad Pública 

    Atención al público:
    Lunes a viernes – De 10:30 a 14 h.
    Lunes – De 17 a 20 h. (excepto del 15 de junio al 15 de septiembre) - Asistencia a víctimas de violencia sexual
    - Asistencia a víctimas de violencia de género
    - Prevención y sensibilización en violencia sexual o maltrato

    Servicio asistencial (cualquier persona víctima de v. sexual) Prestaciones gratuitas
    - Teléfono de información: Atiende todas las llamadas de denuncia, consulta o cualquier tipo de información que se solicite sobre este tema
    - Despacho jurídico: Se hace cargo de todos los trámites legales: asesoramiento, acusación particular, recursos y todas aquellas gestiones que se dirijan a una eficaz aplicación de la justicia
    - Gabinete psicológico: Presta ayuda y tratamiento en aquellos casos que así lo requieran a través de terapias individualizadas tanto a la víctima como muchas veces a sus familiares más directos, especialmente si la víctima es menor.

    Servicio asistencial (mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas menores de edad) Prestaciones gratuitas
    - Teléfono de información: Atiende todas las llamadas de denuncia, consulta o cualquier tipo de información que se solicite sobre este tema
    - Despacho jurídico: Se hace cargo de todos los trámites legales: asesoramiento, acusación particular, recursos. Si la mujer no denuncia pero quiere separarse se la asesora sobre este trámite, también se asesora a mujeres víctimas de violencia de género sobre custodia y pensión de alimentos.
    - Gabinete psicológico: Presta ayuda y tratamiento en aquellos casos que así lo requieran a través de terapias individualizadas y terapias de grupo. Se atiende también a sus hijos e hijas si han sido víctimas de este tipo de violencia.

    Servicio de prevención – sensibilización
    - Programas de sensibilización y denuncia de la violencia contra las mujeres
    - Actividades formativas: charlas, coloquios, jornadas, cursos…
    - Estudios e investigaciones sobre violencia sexual y maltrato, prevención…



    Cursos de reiki a distancia

    ¿QUE ES LA VIOLENCIA DE GENERO?

     ¿Qué es la violencia de género?

    El término “violencia de género” abarca mucho más que la violencia que ejercen sobre las mujeres algunas parejas masculinas, pues se refiere también a la violencia que sufren las mujeres desde su infancia hasta su vejez a manos de varones que son sus padres, tíos, cuñados, jefes, compañeros de trabajo, vecinos, amigos, etc. Así pues, además de la violencia familiar o doméstica, se incluyen temas como la violencia laboral, la violencia infantil, la trata o el turismo sexual.
    La definición más empleada de violencia de género es la elaborada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, que dice que la “Violencia contra la mujer es todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en el vida privada” (Artículo 1 de la "Declaración para la eliminación de la violencia contra la mujer", 20 de diciembre de 1993).


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    SISTEMA INTEGRAL DE ATENCION Y PREVENCION EN CANTABRIA



    Objetivos y programas desarrollados

    Sistema integral de atención y prevención en violencia contra las mujeres y protección a sus víctimas

    Atención a las víctimas de violencia de género en el Centro de Información y Atención Integral a víctimas de violencia de género
    • Programa específico de información, prevención y atención a mujeres en las áreas de maltrato y abuso (atención psicológica, social, jurídica, psiquiátrica y sexológica)
    • Programa de atención psicoeducativa a menores en las áreas de maltrato y abuso.
    • Gestión del Punto de Coordinación de las Órdenes de Protección.
    Acogimiento a las víctimas de violencia de género en la red de recursos asistenciales del Gobierno de Cantabria (plazas de emergencia, de acogida y tuteladas)
    • Programa específico de acompañamiento, atención, protección, reeducación y fomento de la autonomía a mujeres.
    • Programa específico de atención psicoterapéutica a menores.