martes, 23 de febrero de 2016

COMUNIDAD VALENCIANA AYUDAS DE EMERGENCIA PARA MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA



Mujeres víctimas de violencia de género

Ayuda Económica derivada del articulo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, dirigida a MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO que carecen de rentas superiores, en computa mensual, al 75% del Salario Mínimo interprofesional, excluida la partes proporcional de las pagas extraordinarias, y se presuma que debido a su edad, falta de preparación general o especializada y circunstancias sociales, la víctima tendrá especiales dificultades para obtener un empleo.

Ayudas de emergencias para mujeres víctimas de violencia sobre la mujer

Son ayudas de emergencia de pago único contempladas en el artículo 55 de la Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el Ámbito de la Comunitat Valenciana.

Las ayudas se destinarán a cubrir las siguientes necesidades fundamentales:
1. Necesidades básicas (alimentación e higiene).
2. Necesidades de alojamiento (alquileres o alojamiento temporal).
3. Necesidad de transporte o desplazamientos.
4. Cualquier otra necesidad que procure tanto la seguridad como la protección de las víctimas.
Trámites y requisitos
Solicitud:

Modelo de domiciliación bancaria:

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